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Correspondencia y documentación con autoridades nacionales

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Estimado Movilidad y Transportes,

Al amparo del derecho de acceso a documentos contemplado en los tratados de la UE, y desarrollado en el Reglamento 1049/2001, solicito los documentos que contienen la siguiente información:

La Comisión Europea publicó en diciembre de 2021 su propuesta de revisión de reglamento de redes transeuropeas. Uno de los documentos con fichas por países se encuentra en la siguiente dirección: https://transport.ec.europa.eu/system/fi...
En la página 87 se describen los principales cambios que afectan a España. Entre ellos se indica que España ha informado de que actualmente no hay planes para construir nuevas líneas de alta velocidad en determinadas secciones antes de 2030. Quería conocer cómo llegó esa información a la Comisión, y disponer, si existiera, de copia de los informes, correspondencia o documentos remitidos por España que dispone la DG y que respaldan esas afirmaciones. Muchas gracias por su ayuda.

Un saludo,
Ramon M. Abad

MOVE-ACCES-DOCUMENTS@ec.europa.eu, Mobility and Transport

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Estimado señor Muñiz Abad,

 

Le agradecemos su correo electrónico de 16/08/2022. Acusamos recibo de su
solicitud de acceso a documentos, registrada el 16/08/2022 con el número
de referencia GESTDEM 2022/4642.

 

De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1049/2001 relativo al acceso del
público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la
Comisión, su solicitud se tramitará en el plazo de 15 días hábiles. Este
plazo expirará el 06/09/2022. Si fuera necesario prorrogar este plazo, le
informaremos oportunamente de ello.

 

Ha presentado su solicitud a través de un sitio web privado tercero que no
tiene ningún vínculo con ninguna institución de la Unión Europea. Por lo
tanto, la Comisión Europea no puede ser considerada responsable de los
incidentes o problemas técnicos relacionados con el uso de este sistema.

 

Tenga en cuenta que el tercero que gestiona el sitio web AsktheEU.org web
site es responsable del tratamiento de sus datos personales a través de
dicho sitio web, y no la Comisión. Para más información sobre sus
derechos, consulte la política de privacidad de terceros.

 

Entendemos que el tercero que gestiona el sitio web AsktheEU.org suele
publicar el contenido de la correspondencia de los solicitantes con la
Comisión en ese mismo sitio web. La publicación incluye los datos
personales que usted pueda haber comunicado a la Comisión (como, por
ejemplo, su dirección postal privada).

 

Del mismo modo, el tercero publica en ese sitio web cualquier respuesta
que la Comisión envíe a la dirección de correo electrónico de los
solicitantes generada por el sitio web AsktheEU.org.

 

Si usted no desea que su correspondencia con la Comisión se publique en un
sitio web tercero, como AsktheEU.org, puede proporcionarnos una dirección
de correo electrónico privada alternativa para la futura correspondencia.
En tal caso, la Comisión enviará toda futura correspondencia electrónica
con usted únicamente a esa dirección privada, que será la única que
utilizará para responder a su solicitud. Sigue siendo responsabilidad suya
informar al sitio web privado tercero sobre este cambio de la forma en que
desea comunicarse y recibir una respuesta de la Comisión.

 

Para obtener información sobre cómo tratamos sus datos personales,
consulte nuestra [1]Declaración de confidencialidad – acceso a los
documentos.

 

Le saluda atentamente,

 

El equipo de acceso a los documentos

 

MOVE ACCES DOCUMENTS TEAM

 
European Commission
Directorate-General for Mobility and Transport

Unit MOVE A4

Legal Issues & Enforcement

▪ Postal address: Europese Commissie/Commission européenne, B-1049
Brussel/Bruxelles

▪ Office address: Rue de Mot 28, B-1040 Brussels

▪ Tel. +32 2 299 11 11

E-mail: [2][DG MOVE request email]

 

 

 

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MOVE-B1-SECRETARIAT@ec.europa.eu, Mobility and Transport

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Dear Mr Ramon M. Abad,

 

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Best regards,

 

Secretariat unit B1

 

DG MOVE

 

 

 

MOVE-B1-SECRETARIAT@ec.europa.eu, Mobility and Transport

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Dear Mr Ramon M. Abad,

 

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Best regards,

 

Secretariat unit B1

 

DG MOVE

 

 

From: MOVE B1 SECRETARIAT
Sent: Tuesday, September 6, 2022 10:40 AM
To: '[FOI #11736 email]'
<[FOI #11736 email]>
Subject: Holding reply - Su solicitud de acceso a documentos – GESTDEM
2022/4642

 

Dear Mr Ramon M. Abad,

 

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Best regards,

 

Secretariat unit B1

 

DG MOVE

 

 

 

Estimado [email address],

El 26 de septiembre he recibido su respuesta rechazando darme acceso al documento de fecha de 21 de abril de 2021 que usted identificó como el que respondería la solicitud de información codificada como (GestDem 2022/4642). En sus explicaciones argumentan que no han identificado un interés público superior que justifique no atender la propuesta de España de no facilitar el citado documento. De conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001, les presento esta solicitud confirmatoria a la Comisión para que reconsidere su postura.
El documento aludido identifica a fecha de abril de 2021 cuál es la planificación con la que trabaja el Ministerio de Transportes en lo tocante a la red TEN-T. Ha sido emitido a petición de la Comisión y como parte de un proceso de revisión del reglamento TEN-T que no ha concluido y España rechaza facilitarlo para preservar el proceso de toma de decisiones entre el país y la Comisión Europea. Sin embargo este ciudadano considera que existe un interés público superior, y es que la ciudadanía esté informada y conozca cuáles son las prioridades que están aplicando sus administraciones en una materia.
En España actualmente no existe un plan de infraestructuras que aclare cuáles son esas prioridades. El último aprobado oficialmente es el Plan de Infraestructuras del Transporte (PITVI 2012-2024). Pese a que formalmente sigue vigente, hace tiempo que quedó desfasado sin que el Gobierno de España haya hecho una evaluación de cumplimiento o clarificado cuáles son sus prioridades actuales en un documento de similar rango. En su lugar tramita una Estrategia de Movilidad, de rango jurídico inferior, y que recoge principios generales en la política de infraestructuras pero no establece una jerarquía de tramos a mejorar, como es lo que sí indica en el documento de abril de 2021.
Esta falta de planificación y evaluación ha sido cuestionada recientemente por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). En su Spending review fase II. Estudio infraestructuras de transporte (https://www.airef.es/es/estudio-2-infrae...) especifica que "ninguno de los últimos planes de infraestructuras incluye una priorización de inversiones, ni los criterios para realizarla, uno de los grandes problemas de la gobernanza de las infraestructuras de transporte en España. La priorización de inversiones ha pasado a ser el resultado de la negociación anual de los Presupuestos Generales del Estado
entre el MITMA, los grupos políticos y las comunidades autónomas", "el análisis de los planes ha permitido detectar la inexistencia del necesario vínculo de los planes con el proceso presupuestario y la coyuntura económica" (pag. 7 del informe). Además la auditoría independiente concluye que " la transparencia de los procesos de planificación resulta insuficiente y existe un amplio margen de mejora en el proceso de debate y participación pública", "La comparación internacional ha permitido constatar que los problemas identificados en la gobernanza de las infraestructuras en España son compartidos, con lógicos matices, por la mayor parte de los países analizados. La singularidad de España es el retraso en adoptar medidas para afrontarlos. Son muchas las iniciativas implementadas internacionalmente desde hace años para reducir el optimismo del planificador y estimar mejor los costes de las obras, para identificar las necesidades de transporte, para concretar métodos de evaluación, ex ante y ex post, de las inversiones en infraestructuras, o para establecer mecanismos que mejoren la transparencia, participación y rendición de cuentas en la toma de decisiones" (pag 8), "uno de los mayores déficits identificados en la evaluación realizada es la escasa disponibilidad de datos públicos con el suficiente nivel de detalle sobre las infraestructuras, servicios de transporte y proyectos concretos" y "La falta de transparencia permea a todo el cuerpo administrativo encargado de las infraestructuras, sin que ello reporte beneficio alguno a la gobernanza. La inercia de muchas décadas y una anclada cultura de no compartir información parecen guiar estos comportamientos, que poco ha mejorado con el paso del tiempo" (pag 70).
Es decir, España tiene en estos momentos un problema de falta de transparencia que afecta a la planificación de infraestructuras, que ha sido reconocido e identificado por la Airef (organismo creado a instancias de la CE para velar por la eficacia en la gestión pública). Documentos como el que se solicita ayudan a la ciudadanía a conocer mejor cuáles son las prioridades concretas que está siguiendo el país a la hora de impulsar unos proyectos en detrimento de otros. Aceptar como pretende el gobierno de España que el documento no llegue al público efectivamente preserva la confidencialidad en la toma de decisiones, al precio de que esas decisiones y sus fundamentos sigan como ahora, opacos para el ciudadano, que no puede tener un conocimiento de por qué se priorizan unas obras en detrimento de otras, quedando todo al albur de la negociación política de cada presupuesto. Es decir, el interés público superior que se argumenta es que España ahora mismo padece un déficit de planificación y transparencia en la misma reconocido por organismos independientes como la Airef de forma que la divulgación de un documento de 2021 que aclare las prioridades con las que trabajaba España aporta un beneficio a la ciudadanía superior al que reporta mantenerla como ahora, al margen del proceso de toma de decisiones.

Un saludo,

ramon muniz

SG-DOSSIERS-ACCES@ec.europa.eu,

Muy señor mío / Muy señora mía:

Por la presente acusamos recibo de su solicitud confirmatoria
correspondiente al asunto 2022/4642, enviada el 29/09/2022 y registrada el
30/09/2022.

Tramitaremos su solicitud confirmatoria en un plazo de 15 días laborables
a partir de la fecha de registro. El plazo finaliza el 21/10/2022. Le
comunicaremos si es necesario ampliar el plazo otros 15 días laborables.

Atentamente,

Secretaría General – Acceso a documentos
Comisión Europea

sg-acc-doc@ec.europa.eu,

Muy señor mío / Muy señora mía:

Nos dirigimos a usted en relación con su solicitud confirmatoria de acceso
a documentos de la Comisión correspondiente al asunto 2022/4642,
registrada el 30/09/2022.

Ya estamos tramitando su solicitud confirmatoria, sin embargo, aún no
hemos podido reunir todos los elementos necesarios para llevar a cabo un
análisis completo de la misma. No podremos remitirle la respuesta en el
plazo establecido, que expira el 21/10/2022.

Por lo tanto, de conformidad con el artículo 8, apartado 2, del
[1]Reglamento (CE) n.º 1049/2001, es necesario ampliar este plazo en 15
días laborables adicionales. El nuevo plazo expira el 15/11/2022.

Rogamos disculpe las molestias que ello pueda ocasionar.

Atentamente,

SG.C1 - Access to Documents Team

References

Visible links
1. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/...

sg-acc-doc@ec.europa.eu,

Muy señor mío / Muy señora mía:

Me dirijo a usted en relación con su correo electrónico de 30 de
septiembre de 2022, en el que presenta una solicitud de acceso a
documentos de conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento
(CE) n.º 1049/2001 relativo al acceso del público a los documentos del
Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión [«Reglamento (CE) n.º
1049/2001»], registrada con el número de referencia arriba indicado. 

También me dirijo a usted en relación con nuestra respuesta provisional de
21 de octubre de 2022, en la que el plazo para responder a su solicitud
confirmatoria se prorrogó 15 días laborables, de conformidad con el
artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001. Este plazo
ampliado expira mañana, el 15 de noviembre de 2022. 

Lamento que no podamos responder en el plazo ampliado, ya que aún no hemos
finalizado las consultas internas y externas. Puedo asegurarle que estamos
haciendo todo lo posible para proporcionarle una respuesta definitiva lo
antes posible. 

Lamento este retraso adicional y le ruego disculpe sinceramente las
molestias que ello pueda causar. 

Atentamente,

SG.C1 - Access to Documents Team

SG-GREFFE-CERTIFICATION@ec.europa.eu, Mobility and Transport

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Muy señor mío Don Ramón Muñiz Abad,

 

Adjuntamos a la presente la versión electrónica de la Decisión C(2023)
3008 de la Comisión, en su versión adoptada por la Comisión Europea el
27/04/2023.

 

La notificación oficial del acto con arreglo al artículo 297 del TFUE se
realiza exclusivamente en soporte electrónico.

 

Le rogamos acuse recibo del documento adjunto a vuelta de correo
electrónico.

 

Agradecemos de antemano su colaboración.

 

Atentamente,

 

NADIA WADHWANIA
 
European Commission
Secretariat General – Unit B.2
Written, Empowerment & Delegation Procedures

BERL 05/140
B-1049 Brussels/Belgium
+32 229-65742

[1][email address]

[2][IMG][3][IMG]

  Your tool  | Our help

 

 

References

Visible links
1. mailto:[email address]
2. https://intragate.ec.europa.eu/decide/sep
3. https://webgate.ec.europa.eu/fpfis/wikis...

SG-GREFFE-CERTIFICATION@ec.europa.eu, Mobility and Transport

6 Attachments

Dear Mr Ramón Muñiz Abad,

Unless we are mistaken, and while checking our records, we have not
received your confirmation of receipt regarding the message below.

 Could you please confirm having received the message and also of the
document enclosed?

 Kind regards,

 

NADIA WADHWANIA
 
European Commission
Secretariat General – Unit B.2
Written, Empowerment & Delegation Procedures

BERL 05/140
B-1049 Brussels/Belgium
+32 229-65742

[1][email address]

[2][IMG][3][IMG]

  Your tool  | Our help

 

 

 

From: SG GREFFE CERTIFICATION <[email address]>
Sent: Friday, April 28, 2023 12:08 PM
To: [FOI #11736 email]
Cc: BEVIERE Chantal (SG) <[email address]>; WADHWANIA Nadia
(SG) <[email address]>
Subject: C(2023) 3008 addressed to Mr Ramón Muñiz Abad

 

Muy señor mío Don Ramón Muñiz Abad,

 

Adjuntamos a la presente la versión electrónica de la Decisión C(2023)
3008 de la Comisión, en su versión adoptada por la Comisión Europea el
27/04/2023.

 

La notificación oficial del acto con arreglo al artículo 297 del TFUE se
realiza exclusivamente en soporte electrónico.

 

Le rogamos acuse recibo del documento adjunto a vuelta de correo
electrónico.

 

Agradecemos de antemano su colaboración.

 

Atentamente,

 

NADIA WADHWANIA
 
European Commission
Secretariat General – Unit B.2
Written, Empowerment & Delegation Procedures

BERL 05/140
B-1049 Brussels/Belgium
+32 229-65742

[4][email address]

[5][IMG][6][IMG]

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1. mailto:[email address]
2. https://intragate.ec.europa.eu/decide/sep
3. https://webgate.ec.europa.eu/fpfis/wikis...
4. mailto:[email address]
5. https://intragate.ec.europa.eu/decide/sep
6. https://webgate.ec.europa.eu/fpfis/wikis...

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