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Informes de evaluación fondos CEF

ramon muniz made this acceso a documentos request to Movilidad y Transportes

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Estamos a la espera de que ramon muniz lea las últimas respuestas y de que actualice el estado.

Estimado Movilidad y Transportes,

Al amparo del derecho de acceso a documentos contemplado en los tratados de la UE, y desarrollado en el Reglamento 1049/2001, solicito los documentos que contienen la siguiente información:

Los fondos Conectar Europa (CEF) son uno de los instrumentos financieros puestos en marcha para desarrollar la Red Transeuropea de Transportes. Para ello se organizan convocatorias a las que los interesados pueden concurrir, presentando sus proyectos. Quería disponer para todas las convocatorias de fondos CEF de Transportes de los informes de evaluación de las solicitudes recibidas. Estoy interesado en especial en la parte del informe que especifica el nombre de los proyectos que no han sido seleccionados, el promotor que había detrás, y el motivo por el cual fue descartado, información que en alguna de las convocatorias se colgaba en internet algo que, salvo error por mi parte, se dejó de hacer. Muchas gracias por su ayuda

Un saludo,

ramon abad

CLIMA-ACCESS-DOCUMENTS@ec.europa.eu,

Muy señor mío / Muy señora mía:

Nos dirigimos a usted relación con su solicitud de acceso a documentos,
enviada el 08/12/2022 y registrada el 12/12/2022 con el número de asunto
2022/7200.

Dado que no ha indicado su dirección postal, no podemos empezar a tramitar
su solicitud. El plazo de 15 días laborables para responder a su solicitud
solo empezará a contar cuando nos envíe su dirección postal.

Puede enviar su dirección postal en respuesta a este correo electrónico.
Si no recibimos su respuesta, podremos archivar el asunto.

Tenga en cuenta que puede presentar una solicitud de acceso a documentos
de la Comisión Europea a través del portal [1]«Solicitar un documento de
la Comisión», para lo que no es necesario indicar su dirección postal.

¿Por qué necesitamos su dirección postal personal?

Desde el 1 de abril de 2014, es obligatorio comunicar una dirección postal
al presentar una solicitud de acceso a documentos de la Comisión a través
de un correo electrónico. Permítanos explicar por qué necesitamos su
dirección postal para registrar y tramitar su solicitud de acceso a
documentos cuando se presenta por correo electrónico:

• En primer lugar, se trata de garantizar la seguridad jurídica en
cuanto a la fecha en la que usted recibió la respuesta de la Comisión
Europea a su solicitud de acceso público a los documentos. Según el
artículo 297 del TFUE, «las decisiones que indiquen un destinatario se
notificarán a sus destinatarios y surtirán efecto en virtud de dicha
notificación». De acuerdo con esta disposición, si la Comisión no
concede el pleno acceso a los documentos solicitados, notifica la
respuesta a la persona solicitante mediante correo certificado con
acuse de recibo o mediante servicio de entrega urgente, lo que supone
que el solicitante debe indicar una dirección postal válida.
• En segundo lugar, para aplicar correctamente el [2]Reglamento de
protección de datos (UE) 2018/1725. Saber si la persona solicitante
reside o no en la UE es necesario para decidir cuáles son las
condiciones aplicables a las transmisiones de datos personales a los
solicitantes de acceso a documentos. Estas condiciones no son las
mismas para los destinatarios establecidos en la Unión y para los
destinatarios de terceros países. Puesto que la inmensa mayoría de los
documentos solicitados contiene datos personales, la Comisión no puede
garantizar la correcta aplicación de las normas de protección de datos
a falta de una dirección postal.
• En tercer lugar, para aplicar correctamente el [3]Reglamento (CE) n.º
1049/2001. El artículo 4, apartado 1, letra b), de dicho Reglamento se
refiere a la protección de la intimidad y la integridad de la persona
y ha de aplicarse de conformidad con el Reglamento sobre protección de
datos.
• En cuarto lugar, se trata de proteger el interés de otros ciudadanos y
salvaguardar el principio de buena administración. La Comisión tiene
que tratar a todos los ciudadanos de forma equitativa, velando por el
respeto del marco jurídico aplicable al acceso del público a los
documentos. Por ejemplo, debe comprobar si se elude el artículo 6,
apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001 mediante la presentación
de varias solicitudes bajo diferentes identidades. En efecto, en su
sentencia sobre el asunto Ryanair ([4]EU:T:2010:511), el Tribunal
General confirmó que el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE)
n.º 1049/2001 no puede eludirse fraccionando una solicitud en varias
partes aparentemente distintas. Además, la Comisión tiene que
asegurarse de que se respeta el marco jurídico y no se abusa del
derecho de acceso a los documentos mediante la presentación de
solicitudes bajo una identidad inventada.

De las consideraciones anteriores se desprende que la solicitud y el
tratamiento consiguiente de la dirección postal de la persona solicitante
no son solo procedentes, sino también estrictamente necesarios para el
cumplimiento de una misión de interés público a tenor del artículo 5,
apartado 1, letra a), del Reglamento sobre la protección de datos, a
saber, ofrecer un acceso adecuado y eficaz a los documentos.

Atentamente,

DG Acción por el Clima – Acceso a documentos
Comisión Europea

References

Visible links
1. https://www.ec.europa.eu/transparency/do...
2. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/...
3. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/...
4. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/...

CINEA ACCESS DOCUMENTS, Movilidad y Transportes

Link: [1]File-List
Link: [2]themeData
Link: [3]colorSchemeMapping

Estimado señor,

 

Le agradecemos su correo electrónico. Acusamos recibo de su solicitud de
acceso a documentos, que se registró el 09/12/2022 con el número de
referencia CINEA 2022/33.

 

Tenga en cuenta que su solicitud de acceso a documentos se transmitió por
la Comisión Europea a la Agencia Ejecutiva Europea de Clima,
Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), encargada de gestionar, entre
otros, el programa de transporte CEF.

 

De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1049/2001, relativo al acceso
del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la
Comisión, su solicitud se tramitará en un plazo de quince días hábiles.
Este plazo expirará el 10/01/2023. En caso de que sea necesario prorrogar
dicho plazo, le informaremos oportunamente de ello.

 

Ha presentado su solicitud a través del sitio web AsktheEU.org. Tenga en
cuenta que se trata de un sitio web privado que no tiene ningún vínculo
con ninguna institución de la Unión Europea. Por lo tanto, CINEA no puede
ser considerada responsable de ningún problema o problema técnico
relacionado con el uso de este sistema.

 

Para obtener información sobre cómo tratamos sus datos personales,
consulte nuestra [4]Data Protection Notice – Handling requests for access
to documents lodged under Regulation (EC) No 1049/2001.

 

Le saluda atentamente,

 

Equipo de Acceso a los Documentos

 

 

mostrar partes citadas

CLIMA-ACCESS-DOCUMENTS@ec.europa.eu,

Estimando señor Abad,

Nos dirigimos a usted relación con su solicitud de acceso a documentos,
enviada el 08/12/2022 y registrada el 12/12/2022 con el número de asunto
2022/7200.

Dado que no ha indicado su dirección postal, no podemos empezar a tramitar
su solicitud. El plazo de 15 días laborables para responder a su solicitud
solo empezará a contar cuando nos envíe su dirección postal.

Puede enviar su dirección postal en respuesta a este correo electrónico.
Esto es un recordatorio de que, si no recibimos su respuesta a más tardar
el 9 enero 2023, podremos archivar el asunto.

Tenga en cuenta que puede presentar una solicitud de acceso a documentos
de la Comisión Europea a través del portal «Solicitar un documento de la
Comisión», para lo que no es necesario indicar su dirección postal.

DG Acción por el Clima – Acceso a documentos Comisión Europea

es

necesario

indicar

su

dirección

postal.

CINEA ACCESS DOCUMENTS, Movilidad y Transportes

Link: [1]File-List
Link: [2]themeData
Link: [3]colorSchemeMapping

Estimado señor,

 

Nos dirigimos a usted en relación a su solicitud de acceso a documentos en
virtud del Reglamento (CE) n.º 1049/2001 («el Reglamento») registrada el
09/12/2022 con el número de referencia arriba indicado.

 

Su solicitud se refiere a todos los informes de evaluación de las
solicitudes recibidas en todas las convocatorias de fondos CEF de
Transportes, en especial en la parte del informe que especifica el nombre
de los proyectos que no han sido seleccionados, el solicitante de la ayuda
financiera y el motivo por el cual no fue seleccionado.

 

Su solicitud se refiere a los siguientes documentos:

-          E-Form (Formulario E- evaluación final de las propuestas).

Tras un examen de los documentos solicitados conforme al Reglamento
lamento comunicarle que no puede atenderse su solicitud, ya que la
divulgación es objeto de excepción al derecho de acceso establecido en el
artículo 4 de dicho Reglamento.

El artículo 4, apartado 2, primer guion, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001
establece que «las instituciones denegarán el acceso a un documento cuya
divulgación suponga un perjuicio para la protección de los intereses
comerciales de una persona física o jurídica, incluida la propiedad
intelectual (...), salvo que su divulgación revista un interés público
superior».

La divulgación de los documentos solicitados iría en detrimento de la
protección de los intereses comerciales de la entidad que presentó los
propuestas ya que dichas propuestas contienen información que, en caso de
ser puesta a disposición del público, podría afectar a su competitividad
en el mercado. Dado que las entidades jurídicas que solicitan una
subvención compiten entre sí, consideramos que la divulgación de esta
información en el dominio público daría a los competidores de las
propuestas una ventaja injusta, ya que los primeros podrían utilizar esta
información a su favor, para anticipar estrategias e incluso debilidades
de las entidades jurídicas afectadas.

Además, la divulgación de cualquier información relativa a las propuestas
no seleccionadas en el dominio público perjudicaría los intereses
comerciales de los solicitantes que han sido rechazados y no han recibido
financiación, ya podría ir en detrimento de su reputación. Según la
jurisprudencia del Tribunal, el menoscabo de la reputación de una entidad
constituye claramente un perjuicio para sus intereses comerciales en la
medida en que la reputación de cualquier entidad que opere en un mercado
es esencial para el ejercicio de sus actividades económicas.

Por lo tanto, la excepción establecida en el artículo 4, apartado 2,
primer guion, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001 se aplica a este
documento.

El [4]Reglamento Financiero establece en su artículo 38 la información que
la autoridad otorgante debe publicar sobre los beneficiarios de la
subvención: el nombre del perceptor, la localidad del perceptor, el
importe legalmente comprometido (es decir, importe de la subvención) y la
naturaleza y finalidad de la medida (es decir, la concesión de una
subvención de la UE en el marco de un programa específico/convocatoria de
propuestas). Esta información solo se publicará para las subvenciones
concedidas como resultado de un procedimiento de subvención. Por lo tanto,
toda información relacionada con las propuestas que no hayan sido
aceptadas debe ser confidencial.

 

Hemos examinado si podría concederse un acceso parcial a los documentos
solicitados. Sin embargo, consideramos que no es posible un acceso
parcial significativo sin socavar estos intereses específicos.

Salvo que la divulgación de los documentos revista un interés público
superior, se aplicarán las excepciones establecidas en el artículo 4,
apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1049/2001. No hemos podido identificar
tal interés en el contexto de su solicitud.

De conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento, tiene
derecho a presentar una solicitud confirmatoria a la Agencia para que ésta
reconsidere su posición.

Dicha solicitud confirmatoria deberá enviarse, en el plazo de 15 días
hábiles a partir de la recepción de la presente carta, la Directora de la
CINEA, a la siguiente dirección:

CINEA

Chaussée de Wavre 910

B-1049 Bruxelles

O por correo electrónico a: [5][email address]

 

 

Reciba un cordial saludo,

CINEA Equipo de Acceso a los Documentos

 

 

From: CINEA ACCESS DOCUMENTS <[email address]>
Sent: Tuesday, December 13, 2022 10:51 AM
To: [FOI #12297 email]
Subject: ACUSE DE RECIBO_solicitud acceso a documentos - Informes de
evaluación fondos CEF -CINEA 2022/33 - Ares(2022)8641480

 

Estimado señor,

 

Le agradecemos su correo electrónico. Acusamos recibo de su solicitud de
acceso a documentos, que se registró el 09/12/2022 con el número de
referencia CINEA 2022/33.

 

Tenga en cuenta que su solicitud de acceso a documentos se transmitió por
la Comisión Europea a la Agencia Ejecutiva Europea de Clima,
Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), encargada de gestionar, entre
otros, el programa de transporte CEF.

 

De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1049/2001, relativo al acceso
del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la
Comisión, su solicitud se tramitará en un plazo de quince días hábiles.
Este plazo expirará el 10/01/2023. En caso de que sea necesario prorrogar
dicho plazo, le informaremos oportunamente de ello.

 

Ha presentado su solicitud a través del sitio web AsktheEU.org. Tenga en
cuenta que se trata de un sitio web privado que no tiene ningún vínculo
con ninguna institución de la Unión Europea. Por lo tanto, CINEA no puede
ser considerada responsable de ningún problema o problema técnico
relacionado con el uso de este sistema.

 

Para obtener información sobre cómo tratamos sus datos personales,
consulte nuestra [6]Data Protection Notice – Handling requests for access
to documents lodged under Regulation (EC) No 1049/2001.

 

Le saluda atentamente,

 

Equipo de Acceso a los Documentos

 

 

mostrar partes citadas

CLIMA-ACCESS-DOCUMENTS@ec.europa.eu,

Estimando señor Abad,

Nos dirigimos a usted en relación con su solicitud de acceso a documentos
de la Comisión registrada el 12/12/2022 con el número de asunto 2022/7200.

El 12.12.2022 y el 03.01.2023, le pedimos que nos enviara su dirección
postal y le explicamos las razones por las que la necesitábamos.

Dado que no hemos recibido su dirección postal, hemos archivado este
asunto.

Atentamente,

CLIMA access to documents Team

No sabemos si la última respuesta a esta solicitud contiene información o no – si eres ramon muniz por favor abre una sesión y háznoslo saber.