No sabemos si la última respuesta a esta solicitud contiene información o no – si eres Cristina Suárez Vega por favor abre una sesión y háznoslo saber.

Investigaciones cibercrimen Reino Unido

Estamos a la espera de que Cristina Suárez Vega lea las últimas respuestas y de que actualice el estado.

Cristina Suárez Vega

Estimado Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea,

Esta es una solicitud de acceso a contenidos y documentos al amparo del derecho de acceso a documentos contemplado en los tratados de la UE y desarrollado en el Reglamento 1049/2001. La realizo en mi condición de periodista de freelance, por lo que resulta también de aplicación el derecho fundamental a comunicar o recibir libremente información en consonancia con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto a la interpretación del artículo 10.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Sentencia Magyar Helsinki Bizottság c. Hungría, de 8 de noviembre de 2016, §§ 164-170).

INFORMACIÓN SOLICITADA

Solicito el detalle de todas y cada una de las investigaciones llevadas a cabo en materia de lucha contra el cibercrimen, desde el año 2012 hasta el 2017, en el Reino Unido. Para cada una de estas investigaciones solicito una breve descripción de ellas o, en caso de que estén disponibles, los links o documentos de acceso a toda la información relevante sobre las investigaciones.

PLAZO DE RESOLUCIÓN
Les recuerdo que disponen de un plazo máximo de 15 días para emitir la resolución correspondiente. En el caso de que esta solicitud de información sea compleja o voluminosa, el plazo de resolución podrá ampliarse previa notificación al solicitante.

FORMATO E INADMISIÓN A TRÁMITE POR ACCIÓN PREVIA DE REELABORACIÓN
Solicito que me remitan la información solicitada en formato accesible (archivo .csv, .txt, .xls, .xlsx o cualquier base de datos), para evitar así cualquier acción previa de reelaboración. En caso de que la información no se encuentre en cualquiera de estos formatos, solicito que se me entregue tal y como obre en poder de la institución, entidad o unidad correspondiente (documentos en papel, PDF…), previa anonimización de datos de carácter personal y disociación de aquellas categorías de información no solicitadas en mi solicitud de derecho de acceso, proceso no entendido como reelaboración.

Un saludo,

Cristina Suárez Vega

Birk, J., Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea

1 Adjuntos

28.03.2018
Dear e-mailer,

Thank you for your e-mail.

I am out of the office, returning 3 April 2018. I will not be checking my e-mails regularly.
Thank you for your cooperation and patience.

Kind regards,

Jacalyn Birk
Corporate Communications Office

LS-Admin-External, Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea

Estimada Sra. Suárez Vega:

Por la presente, acusamos recibo de su solicitud de acceso a documentos con fecha de 1 de Abril de 2018 relativa al acceso a todos los documentos relacionados con todos los casos de cibercrimen abiertos por la Delegación del Reino Unido entre los años 2012-2017. Su correo electrónico ha sido registrado en la Oficina de Asuntos Jurídicos de Eurojust el 3 de Abril de 2018.

En primer lugar, le informamos que el Reglamento nr. 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el acceso del público a los documentos de las instituciones de la Unión Europea no es aplicable a Eurojust.

En conformidad con el Artículo 7(3) de la Decisión de Eurojust relativa al acceso del público a los documentos de Eurojust de 13 de Julio de 2004, su solicitud será tramitada en un plazo de 30 días hábiles.

Este plazo expirará el 18 de Mayo de 2018. En caso de que sea necesario prorrogar dicho plazo, le informaremos oportunamente de ello.

Atentamente,

EUROJUST
Oficina de Asuntos Jurídicos

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Original Message
From: Cristina Suárez Vega <[FOI #5324 email]>
Sent: Sunday, April 1, 2018 13:53
To: Info
Subject: solicitud access to documents - Investigaciones cibercrimen Reino Unido

Estimado Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea,

Esta es una solicitud de acceso a contenidos y documentos al amparo del derecho de acceso a documentos contemplado en los tratados de la UE y desarrollado en el Reglamento 1049/2001. La realizo en mi condición de periodista de freelance, por lo que resulta también de aplicación el derecho fundamental a comunicar o recibir libremente información en consonancia con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto a la interpretación del artículo 10.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Sentencia Magyar Helsinki Bizottság c. Hungría, de 8 de noviembre de 2016, §§ 164-170).

INFORMACIÓN SOLICITADA

Solicito el detalle de todas y cada una de las investigaciones llevadas a cabo en materia de lucha contra el cibercrimen, desde el año 2012 hasta el 2017, en el Reino Unido. Para cada una de estas investigaciones solicito una breve descripción de ellas o, en caso de que estén disponibles, los links o documentos de acceso a toda la información relevante sobre las investigaciones.

PLAZO DE RESOLUCIÓN
Les recuerdo que disponen de un plazo máximo de 15 días para emitir la resolución correspondiente. En el caso de que esta solicitud de información sea compleja o voluminosa, el plazo de resolución podrá ampliarse previa notificación al solicitante.

FORMATO E INADMISIÓN A TRÁMITE POR ACCIÓN PREVIA DE REELABORACIÓN
Solicito que me remitan la información solicitada en formato accesible (archivo .csv, .txt, .xls, .xlsx o cualquier base de datos), para evitar así cualquier acción previa de reelaboración. En caso de que la información no se encuentre en cualquiera de estos formatos, solicito que se me entregue tal y como obre en poder de la institución, entidad o unidad correspondiente (documentos en papel, PDF…), previa anonimización de datos de carácter personal y disociación de aquellas categorías de información no solicitadas en mi solicitud de derecho de acceso, proceso no entendido como reelaboración.

Un saludo,

Cristina Suárez Vega

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Esta es una solicitud de acceso a documentos al amparo del Artículo 15 de los tratados de la UE y, donde aplicable, el Reglamento 1049/2001, la cual se ha enviado a través de AsktheEU.org.

Por favor, utiliza este correo electrónico para contestar a esta solicitud: [FOI #5324 email]

Si [EUROJUST request email] no es la dirección correcta para enviar solicitudes a Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea, por favor informa al equipo de AsktheEU.org por [email address]

Este mensaje y todas las respuestas desde Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea serán publicados en el sitio web AsktheEU.org. Para más información, ver nuestra página para funcionarios de la UE https://www.asktheeu.org/es/help/officers

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LS-Admin-External, Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea

Estimada Sra. Suárez Vega:

En relación con su solicitud de acceso a documentos de fecha de 1 de Abril de 2018 por la cual solicitó la obtención de todos los documentos relacionados con los casos de cibercrimen abiertos por la Delegación del Reino Unido entre los años 2012-2017, le informamos de lo siguiente.

La Delegación del Reino Unido tramitó 22 casos entre 2012 y 2017. A excepción de un caso pendiente, todos los demás casos están cerrados. En conformidad con las reglas de retención en vigor, los documentos relativos a 17 de esos casos has sido destruidos.

Con respecto a los 4 casos cerrados de los cuales se han guardado los documentos, le informamos de que, tras un cuidadoso examen de dichos documentos, hemos decidido que el acceso a dichos documentos debe ser denegado a fin de preservar los intereses públicos protegidos bajo el Artículo 4(1) de la Decisión de Eurojust relativa al acceso del público a los documentos de Eurojust de 13 de Julio de 2004, en particular:

- la seguridad pública
- la realización y cumplimiento del mandato de Eurojust en el fortalecimiento de la lucha contra el crimen organizado

Conceder el acceso a dichos documentos revelaría el know-how, métodos de trabajo y estrategia utilizada durante las investigaciones, lo cual pondría en peligro el desarrollo de futuras investigaciones. A su vez, esto pondría en peligro la protección de la seguridad pública y afectaría negativamente la confianza y cooperación mutua que requiere la cooperación entre Eurojust y las autoridades nacionales.

En relación al único caso actualmente pendiente, le informamos de que acceso a los documentos relativos a dicho caso también debe ser denegado. En conformidad con el Articulo 4(1), inciso 6, de la Decisión de Eurojust anteriormente citada, Eurojust denegará el acceso a cualquier documento cuya divulgación pondría en entredicho la protección de investigaciones y enjuiciamiento en los casos en los cuales Eurojust participa. En efecto, la divulgación de documentos relativos a casos pendientes podría comprometer el resultado de las investigaciones.

Hemos considerado la posibilidad de conceder acceso parcial a los documentos solicitados. Desafortunadamente, dicho acceso parcial no es posible tampoco.

Le informamos de que las excepciones bajo el Articulo 4(1) son absolutas y por ello no pueden ser compensadas por un interés público preponderante en la divulgación de documentos.

En conformidad con el Artículo 7(4) de la Decisión de Eurojust relativa al acceso del público a los documentos de Eurojust de 13 de Julio de 2004, le informamos de que tiene derecho a presentar una solicitud confirmatoria instando a Eurojust a que reconsidere su postura. Dicha solicitud debe ser dirigida al Director Administrativo de Eurojust en un plazo de 30 días hábiles a la siguiente dirección de correo electrónico:

[email address]

Atentamente,

Alinde Terstegen-Verhaag
Jefa de la Oficina de Asuntos Jurídicos
EUROJUST

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No sabemos si la última respuesta a esta solicitud contiene información o no – si eres Cristina Suárez Vega por favor abre una sesión y háznoslo saber.