Sueldos vitalicios de eurodiptados/as españoles

La solicitud fue exitosa.

Estimado Parlamento Europeo,

Al amparo del derecho de acceso a documentos contemplado en los tratados de la UE, y desarrollado en el Reglamento 1049/2001, solicito los documentos que contienen la siguiente información:

Los sueldos vitalicios percibidos por los eurodiputados/as españoles desde el año 2008 hasta el año 2018.

Un saludo,
Ana Ordaz.

AccesDocs, Parlamento Europeo

1 Adjuntos

Our ref.: A(2018)5458

 

 

Estimada señora Ordaz,

 

El Parlamento Europeo recibió su solicitud relativa a los sueldos
vitalicios percibidos por los eurodiputados/as españoles desde el año 2008
hasta el año 2018.

 

Su solicitud trata de acceso a información, y no de acceso a documentos,
por lo cual le informamos que hemos transferido su correo electrónico a
los servicios competentes del Parlamento.

 

Le responderán lo antes posible.    

 

Atentamente,

 

 

TRANSPARENCY UNIT

European Parliament

Directorate-General for the Presidency

 

Public Register Webpage: [1]http://www.europarl.europa.eu/RegistreWeb/

Accesdocs(at)ep.europa.eu

 

 

 

[2]LOGO_EP TRANSPARENCY UNIT
European Parliament
Directorate General
for the Presidency
Directorate for
Inter-Institutional
Affairs
and Legislative
Coordination

 

[3]Public Register webpage
[4][email address]

 

 

 

References

Visible links
1. http://www.europarl.europa.eu/RegistreWeb/
3. http://www.europarl.europa.eu/RegWeb/app...
4. mailto:[email address]

AskEP, Parlamento Europeo

A(2018)5458

CL/md

Estimada Sra. Ordaz:

La Unidad de Solicitudes de Información de los Ciudadanos del Parlamento Europeo ha sido encargada de responder a su solicitud de información sobre los eurodiputados. Le agradecemos, en primer lugar, su correo.
Le informamos de que las normas y condiciones generales para el ejercicio de las funciones de los eurodiputados están recogidas en el Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo.
En virtud de dicho Estatuto, los antiguos diputados tienen derecho a una pensión de jubilación cuando cumplen los 63 años de edad. La pensión asciende a un 3,5 % del importe de la asignación parlamentaria por cada año completo de ejercicio del mandato, sin que el importe resultante pueda superar el 70 % de la misma.

Al concluir su mandato, los diputados tienen derecho a una indemnización transitoria, equivalente a su salario, a razón de un mes por cada año de ejercicio del mandato. Sin embargo, esta indemnización no puede abonarse durante más de dos años.
Esta indemnización no se concede si el diputado asume un nuevo mandato en otro Parlamento o si toma posesión de un cargo público. En caso de que el diputado tenga derecho simultáneamente a una pensión de jubilación o de invalidez, no puede percibir ambas, por lo que debe elegir una de las dos.
El Parlamento Europeo ofrece información al respecto a través de su página web, sección “Preguntas frecuentes al Servicio de Prensa del Parlamento”: apartados “Eurodiputados: asignaciones y pensiones” y “Eurodiputados: resumen de las dietas percibidas”.
Puede consultar más información en el Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo.
Esperamos que la información proporcionada sea de interés.

Atentamente,

Unidad de Solicitudes de Información de los Ciudadanos
www.europarl.europa.eu/askEP

Cláusula de exención de responsabilidad: Permítanos señalar que la información proporcionada por la Unidad de Solicitudes de Información de los Ciudadanos del PE no es jurídicamente vinculante.